Quejas y Denuncias
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Categoría: Contraloria
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Porque un gobierno es mejor cuando hay participación ciudadana, te invitamos a enviarnos tus quejas y denuncias, llenando el formato en línea o acudiendo a las oficinas del Órgano de Control y Evaluación Gubernamental
Envíanos tu queja o denuncia en en linea
¿Quién puede interponer una queja o denuncia?
Todo ciudadano puede interponer una queja o denuncia en contra de algún Servidor Público Municipal, por actos de corrupción, maltrato, abuso de autoridad, mal servicio o una mala atención de la siguiente manera:
¿Cómo interponer una queja o denuncia?
Una queja o denuncia en contra de servidores públicos municipales se puede enviar en linea o interponerla de manera presencial, de la siguiente forma:
- Acudir a las oficinas del Órgano de Control y Evaluación Gubernamental, ubicadas en Palacio Municipal, No Reelección y Plaza 5 de Mayo s/n, Col. Centro, C.P. 85800, Navojoa, Sonora. Teléfono: (642) 425 6342.
- Llenar el formato de quejas y denuncias que le proporcionará el Director de Contraloría Social, quien lo atenderá en la recepción de la queja o denuncia. También puede descargar el formato aquí.
- Requisitos:
- o Identificación oficial con fotografía del ciudadano.
- o Nombre del Funcionario denunciado (preferentemente)
- o Información comprobatoria de la irregularidad (opcional)
- o Nombre, dirección y teléfono de testigos, en caso de ser necesario.
¿Qué es una queja o denuncia?
Con el propósito de diferenciar conceptualmente las clasificaciones a través de las cuales una persona emite un juicio, a continuación se presentan las principales definiciones de queja o denuncia que incumben en las acciones del Órgano de Control y Evaluación Gubernamental; es preciso señalar que la identificación correcta de la “Queja” o “Denuncia” facilita en gran medida, la actuación de la Dirección de Asuntos Jurídicos y Responsabilidades, responsable de la aplicación de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado.
Queja:
Es una inconformidad hacia la prestación de un servicio o actuación de los servidores públicos responsables de los mismos, por lo tanto podemos expresar que la Queja es la comunicación que se hace a la autoridad, por cualquier medio, sobre el “mal desempeño” del Servidor Público en el cumplimiento de sus funciones. Por lo que administrativamente hablando, el concepto de Queja es genérico.
Denuncia:
Es el acto por el cual una persona hace del conocimiento de la autoridad correspondiente, respecto la verificación o comisión de determinados hechos; que pueden constituir responsabilidad administrativa, limitándose a describir los hechos, pero sin calificarlos jurídicamente.
CP y MANF José Rafael García Gómez
Contador Público y Maestro en Administración de Negocios con Especialidad en Finanzas.